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Aprueba Congreso de BCS nueva Ley de Videovigilancia propuesta por Daniela Rubio

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La Paz, Baja California Sur.- El Congreso de Baja California Sur aprobó la nueva Ley de Videovigilancia para el Estado de Baja California Sur y reformas complementarias de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Publica y del Código Penal estatal con el que se establece un marco legal actualizado que permitirá una ejecución más eficaz de las corporaciones de reacción en beneficio de la seguridad ciudadana.

La propuesta fue presentada por la presidente de la Comisión Permanente de Seguridad, diputada Daniela Viviana Rubio Avilés, en septiembre pasado. Con esto se abroga la ley que estaba vigente desde 2014.

La nueva ley de videovigilancia para Baja California Sur tiene la finalidad de establecer un marco jurídico actual que garantice mayor seguridad a la sociedad en puntos de concentración como avenidas, bancos, casinos, supermercados, estacionamiento, escuelas, entre otros.

Se crea un registro estatal de videovigilancia, contenido en el capítulo once, que consiste en la integración de la base de datos de las cámaras fijas y móviles, sistemas y equipos tecnológicos complementarios que utilicen las instituciones de seguridad pública, las empresas de seguridad privada y los establecimientos mercantiles en el Estado.

Derivado de observaciones realizadas por el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) de Los Cabos se incluyó la conformación de una Comisión Técnica de Videovigilancia que se conformará por representantes del gobierno y sociedad civil organizada, ya que en Los Cabos existe mucho avance en la cooperación entre la iniciativa privada y órganos de gobierno en materia de videovigilancia, quienes han donado al gobierno equipos para ampliar los puntos de videovigilancia con los que se cuentan actualmente.

En el caso de las reformas a la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Publica y el Código Penal, se ratifica el control del Sistema Estatal de Videovigilancia a la Secretaria de Seguridad Pública Estatal, que deberá crear la base de datos del Registro Estatal de Videovigilancia.

En cuanto al Código Penal, se tipificaron los delitos de “acceso Ilícito a sistemas de videovigilancia” y “uso indebido de sistemas de videovigilancia” y otro denominado “daño físico a los sistemas de videovigilancia y comunicaciones”,  que sancionan el uso indebido y  el desvío que pudiera hacerse de la información que generan los dispositivos de videovigilancia, y sanciona a quienes destruyan estos equipos de manera intencional.

Destaca de la ley, que por regla, la información obtenida de los sistemas de videovigilancia, mínimamente deberán estar resguardados, las imágenes serán almacenadas durante sesenta días naturales por quien las capte y grabe, salvo disposición en contrario de la Secretaria de Seguridad Pública Estatal. Que los particulares tendrán el derecho de acceso, rectificación, cancelación u oposición al tratamiento de su información cuando aparezca una grabación.

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Redacción

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