La PazPortada

Atiende llamado Alejandro Rojas; ofrece respaldo a madre de menor retenida en Casa-Cuna

Compartir noticia en:
Share

La Paz, Baja California Sur.- El abogado y líder social, Alejandro Rojas expresó su postura en relación al caso de una menor de edad internada en la Casa-Cuna de la ciudad de La Paz, luego de que la madre de Mariana “N” pidiera respetuosamente su intervención como experto en justicia penal para niñas, niños y adolescentes.

En ese sentido, expuso que si no existe fundamentación legal para la retención de la menor por parte de una autoridad judicial o ministerial competente, se debe liberar inmediatamente a la menor, misma postura que ha defendido la madre de Mariana “N”.

Alejandro Rojas también hace hincapié en que, independientemente del amparo, la menor tiene derechos amparados por el artículo 4 de la Constitución, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y tratados internacionales como la Convención de los Derechos del Niño. Estos documentos destacan el derecho de los menores a vivir en familia y establecen que la falta de recursos no puede ser motivo suficiente para separarlos de su familia de origen o de los familiares con los que conviven.

Además, Rojas cita el artículo 122 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que establece las atribuciones de las Procuradurías de Protección, entre las cuales se encuentra coordinar la ejecución y seguimiento de las medidas de protección para la restitución integral de los derechos de los menores.

Desde su óptica como abogado, el internamiento de un menor en un centro de asistencia social o albergue debe ser el último recurso, ya que puede causar afectaciones psicológicas.

Alejandro Rojas sostiene que, antes de ordenar esta medida de protección, el Agente del Ministerio Público y la Procuraduría de Protección deben buscar el resguardo del menor con algún familiar. Si no se encuentra un familiar que pueda hacerse cargo, el Ministerio Público debe justificar su actuación y mencionar la duración del resguardo. Si no existen pruebas que tipifiquen delitos específicos contra la madre de la menor, la liberación debe ser inmediata y la Procuraduría de Protección debe realizar un plan de restitución de derechos, asegurando un entorno seguro y garantizando el desarrollo integral de la menor.

Finalmente, Alejandro Rojas exige que el Agente del Ministerio Público justifique la medida de protección y cumpla con la orden judicial.

Compartir noticia en:
Share
Entrada anterior

Por temporada de huracanes, se reúne Víctor Castro con coordinadora nacional de Protección Civil

Siguiente entrada

Realizan jornadas de desparacitación canina en localidades de Mulegé

Redacción

Redacción

Ponte en contacto con nosotros a través de nuestro correo electrónico direccion@elinformantebcs.mx