Falta de pago del agua potable por dos meses consecutivos es motivo de suspensión del servicio
La Paz, Baja California Sur.- El cobro de recargos es una consecuencia jurídica del incumplimiento del contrato de suministro de agua, señaló Dolores Monserrath Rieke Romero, coordinadora del Departamento de Control y Seguimiento y Recuperación del Rezago del Organismo Operador Municipal del Sistema de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento (OOMSAPAS) de La Paz, en torno a los cobros que se dan posterior a la suspensión del suministro.
Expuso que con fundamento en la cláusula tercera del contrato de adhesión que celebra el OOMSAPAS con los usuarios, se establece que la falta de pago por 2 meses consecutivos es motivo de suspensión del servicio en los domicilios, hasta que se regularice el pago.
Asimismo, comentó que el Articulo No. 117 de la Ley de Aguas del Estado establece que aunque no se utilice el servicio de agua, genera la obligación de pago de una cuota mínima así como el cobro de recargos, gastos de cobranza, y reconexión que vengan implícitos en el contrato.
Rieke Romero explicó que el sistema se basa en la reglamentación existente para proceder y que la intención no es afectar a los usuarios con cobros que no estén establecidos en la normatividad, por lo que invitó a los usuarios a acercarse al sistema, ya que existen alternativas para regularizarse y para que su recibo no continúe aumentando de forma dramática.
Por último expresó que es una instrucción del director general, Héctor García González buscar las mejores vías para que los usuarios se regularicen, ya que no es la intención del OOMSAPAS evitar que los ciudadanos continúen aprovechando este noble servicio.