Proponen diputados reformas a la Ley Burocrática en Materia de Justicia Laboral de BCS
La Paz, Baja California Sur- Los diputados Héctor Ortega Pillado, Carlos Van Wormer Ruiz y Ramiro Ruiz Flores presentaron ante el pleno del Congreso del Estado una propuesta para reformar la Ley Burocrática a fin de terminar con una confusión normativa en el caso de las causales de recisión de los trabajadores sindicalizados, así como dar mayores garantías a los trabajadores de veinte años de servicio o más.
Mediante esta propuesta de reforma al artículo 47 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes, Estados y Municipios de Baja California Sur (BCS) y adicionando un artículo 47 bis se busca solucionar la confusión normativa como progresar en el derecho de los trabajadores en su derecho a la estabilidad de su empleo, expresó el diputado Carlos Van Wormer Ruiz.
El sentido de la reforma establece que en los sucesivo los trabajadores podrá cesar su relación laboral por renuncia o abandono de empleo como se especifica en la fracción uno del artículo 47, así como que por resolución del Tribunal de Conciliación y Arbitraje: “cuando faltare por más de tres días consecutivos a sus labores o por acumular más de tres faltas de asistencia en un periodo de 30 días, sin justificar debidamente y sin permiso de quien está facultado para otorgarlo”.
Mientas que la adición del artículo 47 bis: cuando el nombramiento, designación o relación laboral haya tenido una duración de más de veinte años, los titulares de los Poderes del Estado y Municipios y sus dependencias, sólo podrán cesar a los trabajadores por alguna de las causas señaladas en la fracción V del artículo 47, que sea particularmente grave o que haga imposible su continuación, debiendo precisar en su solicitud al Tribunal Burocrático las razones por las que se considera que la falta cometida es particularmente grave o que hace imposible la continuación de la relación de trabajo. Lo anterior no será obstáculo para que se le imponga al trabajador la corrección disciplinaria que corresponda, respetando los derechos que deriven de su antigüedad.
La repetición de la falta o la comisión de otra u otras faltas, que constituyan una causa legal de cese, deja sin efecto la disposición anterior.
Los iniciadores manifestaron que estas modificaciones obedecen a las inquietudes de los trabajadores y de generar mejores condiciones de justicia laboral.