Solicita Congreso que se aplique prisión preventiva en robo a casa habitación
La Paz, Baja California Sur.- A propuesta de la Fracción Parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional (PRI) de la XIV Legislatura de Baja California Sur (BCS) aprobó unánimemente enviar una iniciativa al Congreso de la Unión para que el Poder Legislativo -federal-, en uso de sus atribuciones, modifique el segundo párrafo del Artículo 19 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos y el tercer párrafo del Artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales en el sentido de que a los responsables de robo a casa habitación se le aplique prisión preventiva por parte del juez.
El documento presentado por el coordinador de la Fracción del PRI, Joel Vargas Aguiar, expone que el Nuevo Sistema de Justicia Penal que entró en vigor en junio de 2016 sustituyó a un modelo poco transparente, en el que el debate probatorio nunca se realizaba ante el juez, “además de que no se contemplaba a las víctimas del delito como tales”.
El representante popular da a conocer que en el caso de BCS entre los meses de enero a julio de 2017 fueron cometidos un total mil 712 robos a casa habitación, siendo 5 de ellos con violencia y el resto, mil 707 sin violencia; y según el Semáforo Delictivo en el mes de julio del presente año la comisión de dicho delito en nuestro estado, se incrementó en 16 por ciento con respecto al mismo mes de 2016, teniendo en este mismo periodo un incremento de 15 por ciento con respecto a la media nacional.
Joel Vargas especificó que al entrar en vigor el Nuevo Sistema de Justicia y modificarse la Constitución; y al existir en aplicación un Código Nacional de Procedimientos Penales, se eliminaron una serie de delitos que merecían la prisión preventiva oficiosa, “así las cosas, y ante la situación real y actual que padecemos en Sudcalifornia, actualmente el delito de robo a casa habitación en sus diferentes modalidades, no se encuentra dentro de los contemplados e el catálogo de los que ameritan Prisión Preventiva Oficiosa en el Código de Procedimientos Penales, ni en la Constitución General, mientras el mismo no sea cometido con medios violentos como armas de fuego y explosivos, por lo que ha quedado al igual que otros delitos, excluido de dicha clasificación”.
La finalidad de solicitar modificar el segundo párrafo del Artículo 19 de la Constitución General de la República así como el tercer párrafo del Artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales “es para que sea incluido el robo a casa habitación dentro de los delitos que tienen establecidos como medida cautelar la prisión preventiva oficiosa; ya que dicho hecho señalado como delito por la Ley Penal, además de causar molestias y frustraciones pone en riesgo la integridad física e inclusive la vida de las víctimas, daña su patrimonio que en muchas ocasiones con sacrificio ha sido adquirido, y que son bienes que los delincuentes tranquilamente despojan a sus propietarios, independientemente del daño sicológico que causan a los integrantes de la familia”, dijo.